La definición del servicio de Internet de banda ancha ha sido dinámica en el tiempo, debido a la introducción y transición hacia nuevas tecnologías para su provisión. Por ejemplo, Ofcom (regulador del Reino Unido) ha ajustado sus criterios mínimos para considerar una conexión a internet como de banda ancha, con base en la creciente velocidad y capacidades de transmisión de datos.
Las conexiones de banda ancha estándar han pasado de tan sólo 2 Mbps a una definición actual que los ubica en velocidades de descarga en el rango de 10–30 Mbps (megabits por segundo). Incluso, aquellas súper-rápidas deben superar 30 Mbps (anteriormente 24 Mbps), en línea con la definición de la Comisión Europea. Por último, la banda ancha ultra-rápida se determina a partir de superar o igualar los 300 Mbps.
De manera similar, en Estados Unidos de América se revisó al alza el estándar mínimo de velocidad de descarga en una conexión de banda ancha, de 4 a 25 Mbps, para luego fijar un objetivo de 100 Mbps en 2020.
Una consulta pública abierta
La discusión en México ha derivado en una consulta pública abierta hasta el próximo 19 de febrero, sobre la base de un anteproyecto para establecer los parámetros mínimos que debe alcanzar una conexión de banda ancha (fija y móvil) y los que deberán ofrecer los prestadores del servicio de acceso a Internet (ISPs en inglés).
Ahí se propone que hacia 2018, la velocidad mínima para una conexión móvil debe ser de 4 Mbps, mientras que para una fija de 10 Mbps. Incluso, incorpora límites para 2019 y 2020, de 7 Mbps a 10 Mbps en el caso móvil y de 20 Mbps a 25 Mbps en banda ancha fija. De no cumplir con estos estándares en al menos 95% de las veces medidas por el IFT, éste podría sancionar a los ISPs con multas basadas en sus ingresos, de acuerdo con el régimen incorporado en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Una pregunta relevante aquí es si será oportuno fijar límites estrictos y menores a los de los países referidos anteriormente, cuando la banda ancha en nuestro país enfrenta barreras estructurales para alcanzar su plena accesibilidad y para registrar estándares tecnológicos de provisión superiores.
Y es que a partir del escenario nacional actual resulta necesario no sólo impulsar el desarrollo de las redes de banda ancha para que sistemáticamente alcancen mayores capacidades de descarga de datos, sino también el acompañamiento de políticas públicas y de competencia para alcanzar la plena conectividad entre la población.
Si bien destacan los esfuerzos crecientes por aproximar el promedio de velocidad de descarga de datos en Internet a aquel promedio registrado por el conjunto de países de la OCDE, en línea con el objetivo de la Reforma Constitucional, es un hecho que también se requiere de la implementación de medidas que incentiven el acceso, desarrollo y actualización de las redes de Internet.
Estas medidas pueden pueden ser, por ejemplo, la adjudicación oportuna de las frecuencias del espectro radioeléctrico para proveer mejores condiciones de banda ancha móvil en 4G y facilitar la viabilidad del 5G.
En la banda ancha fija se podría fomentar la competitividad en la actualización de redes y asegurar su aprovechamiento óptimo podría propiciar una mejora en las condiciones de cobertura y calidad del servicio.
Con todo, la respuesta a la pregunta previa consistiría no sólo en elevar la definición de estándares mínimos, sino también en complementar con proyectos de política pública y regulatoria que nos aproximen a la plena universalidad en el acceso a Internet.
He aquí una aportación que el regulador debería considerar a propósito de su consulta pública.
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El autor de este artículo, Ernesto Piedras, es Director General de The Competitive Intelligence Unit, www.theciu.com