El mandato constitucional es claro y preciso al estipular que la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT) debe culminar a más tardar el 31 de diciembre de 2015.
Bajo este postulado, encontrado en el artículo quinto transitorio de la Reforma Constitucional en Telecomunicaciones y Radiodifusión, resulta prerrogativa de los poderes de la unión, la puesta en marcha de políticas de aprovisionamiento de equipos receptores y decodificadores necesarios para culminar en el plazo aludido el apagón analógico y así, dictar la migración nacional a las señales digitales.
En este sentido, el programa de transición a la TDT publicado por la SCT a mediados del año pasado, instituyó como política, la provisión de televisores digitales a los hogares inscritos en el padrón de beneficiarios de los diversos programas sociales de la SEDESOL. Un programa que a todas luces resulta de orden federal.
Por otro lado, en días recientes el tan nebuloso, prorrogado y accidentado proceso de transición a la TDT se ha visto envuelto en sospechas acerca de la supuesta coincidencia del acontecimiento de comicios electorales de orden local (renovación de alcaldías, legislaturas y gubernaturas) en junio de este año, en municipios en los que se encuentra próxima la entrega de TVs digitales a hogares beneficiarios.
A lo que se suman algunas voces que sugieren que se suspenda y retrase la entrega en esos municipios para evitar un posible sesgo electoral del programa.
Debemos recordar que tanto la implementación del programa de transición a la TDT como la organización y celebración de elecciones son circunstancias que derivan de la Constitución de nuestro país. A lo que cabe resaltar que en el orden local existen procesos electorales que ocurren año con año, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en las Constituciones Locales.
Por lo que debemos cuestionarnos, ¿si cada programa social (de orden federal, cabe insistir) que se implemente durante cualquier proceso electoral local debería detenerse para evitar la existencia de sesgos y lucros políticos?
La respuesta es evidente, privar por el tiempo que fuera a los beneficiarios de cualquier programa de asistencia social redundaría en elevados costos sociales. Y en el caso de la transición a la TDT implicaría en una mayor probabilidad de incumplir con los plazos estipulados en la Constitución para decretar el apagón analógico en al menos 90% de los hogares del país.
Sin duda, la construcción y equipamiento de escuelas, bibliotecas, hospitales, caminos y espacios de recreación públicos, tampoco deberían ser frenados ante ningún temor de sesgos electorales y políticos.
La solución a esta situación es que las autoridades encargadas de la entrega de los televisores digitales y demás programas sociales, garanticen la transparencia, imparcialidad y efectividad en la instrumentación de sus acciones.
Puesto que en el caso de la ejecución efectiva del programa de la transición a la TDT depende no sólo se cumpla con el plazo fijado en la Constitución.
Sino también de que el grueso de los hogares no sea desprovistos de la recepción de señales de televisión abierta, la liberación las frecuencias del espectro necesarias para la operación de la red pública compartida de telecomunicaciones, acompañada de la utilización eficiente del espectro y la reducción de la brecha digital en el país.
– Ernesto Piedras, The Competitive Intelligence Unit