Según lo dispuesto por el SAT en la Reforma Fiscal 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025, se establece en la nueva Fracción IX del Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación que los CFDI deben reflejar operaciones reales y verídicas. Si un CFDI no representa un acto jurídico u operación real, se considerará falso.
Lo que esto implica en la práctica es que ya no alcanza con emitir correctamente. El SAT ahora puede verificar que lo que dice la factura efectivamente ocurrió. Contratos, comprobantes de entrega, evidencia del servicio. Documentación que la mayoría de las pymes mexicanas no guarda con ningún orden sistemático.
La autoridad fiscal podrá realizar visitas domiciliarias, auditorías exprés y solicitar evidencia para validar que las operaciones declaradas efectivamente existieron — incluyendo pruebas físicas, fotografías, video o audio.
Y hay un segundo cambio que entró en vigor esta misma semana. Desde el 1 de abril de 2026, las plataformas digitales que operan en México deben proporcionar al SAT acceso en línea y en tiempo real a datos operativos relacionados con transacciones mexicanas. Quien vende en Mercado Libre, Amazon o Shopify ya está en el radar de la fiscalización automatizada.
“Lo que estamos viendo entre empresas usuarias en México es un patrón preocupante: muchas tienen sus CFDI bien timbrados, pero su documentación de soporte está dispersa entre correos, chats y carpetas sin nomenclatura”, advierte Jakub Roubal, CRO de Alegra. “Ese desorden, que antes era solo un problema de orden interno, hoy es una exposición fiscal concreta.”
La pregunta para los empresarios mexicanos no es si recibirán una revisión. Es si, ante una auditoría exprés, tendrían en menos de 48 horas toda la documentación que la autoridad puede exigir. La mayoría, hoy, no sabría por dónde empezar.
